El Convenio Internacional para el Control y Gestión de Agua de Lastre entra en vigencia en septiembre. Aquí está todo lo que debes saber.

01/09/20170 CommentsSEO SEO
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  • ¿Qué es el Convenio Internacional para el Control y Gestión de Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques?

El convenio de manejo de agua de lastre o BWM fue adoptado en 2014, y se trata de varias directrices que tienen como objetivo prevenir la propagación de organismos acuáticos peligrosos, de una región a otra, a través del establecimiento de estándares y procedimientos para el manejo y control del agua de lastre y sedimentos de los buques.

  • ¿Qué deben cumplir los buques de acuerdo a la convención?

Todos los buques dedicados al transporte marítimo internacional deben llevar a cabo una gestión de su agua de lastre y sedimentos que se ajuste a una norma determinada, de conformidad con un plan de gestión del agua de lastre elaborado para cada buque. Además, todos los buques tendrán que llevar un libro registro del agua de lastre y un certificado internacional de gestión del agua de lastre. Las normas para la gestión del agua de lastre se irán introduciendo gradualmente durante un período de tiempo determinado. Como solución intermedia, los buques deberían cambiar el agua de lastre en alta mar. Sin embargo, a la postre, la mayoría de los barcos tendrán que instalar un sistema de tratamiento de agua de lastre a bordo.

  • ¿Dónde debe llevarse a cabo el intercambio del agua de lastre?

De conformidad con lo dispuesto en la regla B-4, Cambio del agua de lastre, todos los buques que lleven a cabo el cambio del agua de lastre deberían ajustarse a las siguientes prescripciones:

  • Siempre que sea posible, efectuar el cambio del agua de lastre a por lo menos 200 millas marinas de la tierra más próxima y en aguas de 200 m de profundidad como mínimo, teniendo en cuenta las directrices elaboradas por la Organización.
  • En los casos en que el buque no pueda efectuar el cambio del agua de lastre de conformidad con lo dispuesto en el párrafo precedente, tal cambio del agua de lastre debería llevarse a cabo tan lejos como sea posible de la tierra más próxima, y en todos los casos por lo menos a 50 millas marinas de la tierra más próxima y en aguas de 200 m de profundidad como mínimo.
  • Cuando no sea posible cumplir estas prescripciones, se podrán designar zonas en las que se permita al buque efectuar el cambio del agua de lastre. Todos los buques extraerán y evacuarán los sedimentos de los espacios destinados a transportar agua de lastre de conformidad con las disposiciones del plan de gestión del agua de lastre del buque (regla B-4).
  • ¿Estos requerimientos son para buques nuevos o para los ya existentes?

Todos los buques tendrán que llevar a bordo un libro registro del agua de lastre y un plan de gestión de agua de lastre, de acuerdo al estándar establecido. A las naves existentes se les solicitará lo mismo, pero luego de un período de introducción gradual.

  • ¿Cuántos países están representados en la convención?

Hasta febrero de 2017, el número de países contratantes es de 54, representando aproximadamente un 53,3% del tonelaje bruto de la flota mercante mundial. Finlandia fue el último país en aceptar, en septiembre de 2016.

  • ¿Quién aprueba los sistemas de manejo de agua de lastre?

Los sistemas de gestión del agua de lastre estarán aprobados por la Administración de conformidad con las Directrices elaboradas por la OMI (regla D-3 – Prescripciones relativas a la aprobación de los sistemas de gestión del agua de lastre). Esto incluye a los sistemas que utilicen productos químicos o biocidas, organismos o mecanismos biológicos, o que alteren las particularidades químicas o físicas del agua de lastre.

Para saber más sobre la BWM, por favor visita:

http://www.imo.org/en/About/Conventions/ListOfConventions/Pages/International-Convention-for-the-Control-and-Management-of-Ships’-Ballast-Water-and-Sediments-(BWM).aspx

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