Cosas que debes saber sobre fletamentos marítimos

07/10/20160 CommentsSEO SEO
Post Title

Los orígenes del fletamento o “charteo” se remontan a las transacciones comerciales que se realizaban en la antigua Fenicia, Grecia y Egipto.

Es la figura contractual del derecho marítimo más antigua. Según la Enciclopedia Jurídica, el fletamento consiste en un contrato mediante el cual el armador o fletador se compromete, a cambio de una remuneración, a poner un navío a disposición de un cargador para el transporte mercancías o personas.

La persona que hace el transporte se llama fletante, mientras que la persona que contrata la utilización del buque se llama fletador. El precio que paga el fletador por la utilización del barco se denomina flete.

El contrato puede realizarse por la utilización del buque completo o sólo una parte, por un viaje o varios, y por un tiempo determinado.

Modalidades de contrato de fletamento

-Fletamento por entrega (by Demise): El Convenio de las Naciones Unidas sobre Inscripción de Buques de Ginebra del 7 de febrero de 1986 definió el “fletamento a casco desnudo” como:

Contrato de arrendamiento de un buque por un tiempo determinado, en virtud del cual el arrendatario tiene la posesión y el control pleno del buque, incluido el derecho de designar Capitán y tripulación durante el tiempo que dure el arrendamiento.

-Fletamento por tiempo (by time): El fletante pone a disposición del fletador un buque por un tiempo determinado. En este caso, el fletante no pierde la gestión náutica, al capitán ni la tripulación. El fletador, por su parte, se ocupa de la gestión comercial.

-Fletamento por viaje (Voyage Charter): En este tipo de contrato el fletador tiene a su disposición la totalidad del espacio de carga del buque por un viaje. Aquí el armador mantiene la responsabilidad de la gestión de la nave, mientras que el fletador se compromete a entregar la carga y pagar el flete.

Las obligaciones de las partes varían dependiendo del tipo de contrato, pero existen algunas obligaciones generales:

Obligaciones generales del Fletador

  • Ajuste razonable entre la carga y lo pactado en el contrato.
  • Que el cargamento sea situado en el lugar de carga.
  • El pago del flete convenido, entre otras.

Obligaciones generales del Capitán del Buque:

  • La recepción y estiba de la carga en el buque.
  • Extender y entregar el Conocimiento de Embarque.
  • Conservación de la carga que le es entregada para su transportación y que está obligado a llevar hasta su destino final y a entregarla.

Recuerda que si te interesa este tema, puedes compartir este artículo o dejar tus comentarios

Fuentes:

http://asesorialegal-amyos.blogspot.com/2012/11/que-es-el-contrato-de-fletamento.html

http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/fletamento/fletamento.htm

http://internacionalmente.com/guia-de-fletamentos-maritimos/

PrevNext
Leave Comment